El "afectus societatis" es el principal valor para la recuperación de una empresa en crisis por parte de sus empleados, señala a LA GACETA Vicente Nicastro, especializado en Sindicatura Concursal. Y la cooperativa Campo de Herrera es otro de los ejemplos en Tucumán de esfuerzos colectivos y cooperativos para conservar la fuente laboral. Pero, aclara el profesional, no todas las cooperativas son exitosas, ya que depende la naturaleza humana de su conformación.
"En general, coincido con el espíritu de la norma propiciada por el Gobierno nacional, pero es fundamental que se complemente con otras disposiciones para que el objetivo final (recuperar empresas), no se convierta sólo en una expresión de anhelo. En ese contexto, el Estado también tiene la obligación de asistir técnicamente a este tipo de emprendimientos.
El especialista señala que, muchas críticas respecto de la oportunidad de la reforma no tienen asidero. "Si bien esta normativa puede servir para tiempos de crisis, legislar con tiempo es más positivo, más allá de que el país transite hoy por una etapa de crecimiento económico", considera.
Según Nicastro, la ley introduce a través de diferentes artículos, aquella intención de tutelar, aún con disposiciones de dudosa aplicabilidad o constitucionalidad, el crédito del trabajador, en un intento de darle preeminencia o equiparándolo a otros ya "protegidos" por el digesto concursal.
En definitiva, todo parece una gran expresión de anhelo que más tiene tinte de oportunismo político -recordemos que esta ley casi logró unanimidad de todo el arco político argentino- que de establecer una política sería tendiente a lograr frenar posibles desempleos masivos como los sucedidos a comienzo del presente siglo. "Hay que ser realista así como el capital humano es imprescindible para la actividad económica, sin capital de trabajo no hay empresa que pueda funcionar", puntualiza el especialista.
El "know how"
Según Nicastro, todo parece apuntar que este esfuerzo legislativo será un desatino más a pesar que puedan existir unos pocos casos que hayan tenido éxito y que tienen que ver más con la especificidad de actividad desarrollada por la empresa y el mercado cautivo que tenía que con el cambio de rol producido.
"Empresario no es cualquiera y no se forma de un día para otro. Aún con experiencia fracasaron como lo hicieron a fines del siglo pasado y comienzo del presente, es saludable que se tome en cuenta el know how suficiente adquirido para que quede en manos de los trabajadores", puntualiza.
"Por último, nuestros contadores que se inscriben en la lista de síndicos deben tener presente que esta modificación les puede generar más de un problema y, con la asistencia jurídica debida, deben resguardarse aunque tengan que plantear la inconstitucionalidad de varios de los artículos que los involucra", finaliza.